El Diario Oficial de la Unión Europea publicó el pasado 28 de junio el Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles. Con dicho texto se modifica la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542 y se deroga la Directiva 2009/125/CE.
Este texto introduce nuevos requisitos básicos de diseño ecológico para mejorar la durabilidad, fiabilidad y la reparabilidad, actualizabilidad, reutilizabilidad y reciclabilidad de los productos. Además, también pretende mejorar las posibilidades de reacondicionamiento y mantenimiento de los productos.
Otra de las pretensiones que incorpora la nueva normativa es la de abordar la presencia de sustancias químicas peligrosas en los productos e intensificar su eficiencia en cuanto al uso de energía y de recursos.
Para conseguir estos fines, la Comisión establecerá prioridades entre los productos que han de ser regulados y los requisitos que serán aplicables. Para ello, se adoptará un plan de trabajo de una duración mínima de tres años.
Qué tipo de productos se ve afectados
La normativa que establece los requisitos de diseño ecológico se aplicará a todo tipo de bienes físicos, incluidos los componentes y los productos intermedios. Los que quedan exentos de dicho reglamento son los alimentos, medicamentos, piensos, plantas animales, productos de origen humano, microorganismos vivos, productos de origen vegetal y animal directamente relacionados con su futura reproducción, y determinados tipos de vehículos.
Asimismo, los productos sometidos a reacondicionamiento o a reparación, que sean originarios de la Unión Europea, no se consideran productos nuevos. Por lo tanto, todos ellos podrán circular en el mercado europeo sin necesidad de ajustare a los requisitos de diseño ecológico exigidos. No obstante, los productos remanufacturados sí se considerarán nuevos, por lo que estarán sujetos a dichos requisitos.
Requisitos básicos de diseño ecológico
La estructura de este nuevo reglamento se encuentra distribuida por capítulos, los cuales establecen los requisitos básicos de diseño. Entre estos, destacan:
- Capítulo 3: Introducción de un Pasaporte Digital del Producto como obligatorio para todos los productos que se introduzcan al mercado de la Unión Europea. Su finalidad es proporcionar información sobre la huella ambiental, reciclabilidad, su uso y eliminación al final de su vida útil.
- Capítulo 4: Este apartado aclara el uso de las etiquetas energéticas, asegurando que los consumidores puedan diferenciar claramente el rendimiento de los productos y, de ese modo, evitar el uso de las etiquetas engañosas.
- Capítulo 5: Se resumen los requisitos de diseño ecológico, priorizando sectores como hierro, acero, aluminio, textiles, muebles, neumáticos, detergentes, pinturas, lubricantes, productos químicos y TIC.
- Capítulo 6: Propone directrices y herramientas para integrar la sostenibilidad en toda la cadena de valor de las PYME.
- Capítulo 7: Se establecen las medidas razonables antes de la destrucción de productos, priorizando la reutilización y el reciclaje antes de la valorización energética o la eliminación.
- Capítulo 8: Habla sobre las obligaciones de los fabricantes para asegurar que los productos cumplan con los requisitos de ecodiseño y dispongan del pasaporte digital con toda la información disponible para el consumidor final.
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