Desde ATEVAL, con la colaboración de GRUPO INNOVA, te informamos de las SUBVENCIONES convocadas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad destinadas a pymes que por primera vez ELABOREN e IMPLANTEN planes de igualdad.
¿QUÉ ÉS UN PLAN DE IGUALDAD?
Los planes de igualdad son un conjunto ordenado de medidas tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de oportunidades y de trato de las trabajadoras y trabajadores y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Según el MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, entre los beneficios que aporta la implantación de un PLAN DE IGUALDAD están:
- La disminución del absentismo laboral por un mejor ambiente de trabajo y una mayor identificación con la actividad de la empresa
- La generación de mayores posibilidades de promoción y formación
- Promover mayores posibilidades de conciliación entre la vida laboral y familiar
- Mejora de la productividad y de la calidad del servicio prestado como consecuencia de la mejora del ambiente de trabajo y de la satisfacción e identificación con los objetivos de la empresa
- Mayores oportunidades para seleccionar y retener personas con talento
- Favorece la flexibilidad de la organización
- Mejora de la imagen de la empresa frente a los clientes y la sociedad
Además, tener un PLAN DE IGUALDAD implantado en las PYMES aporta puntuación extra en determinadas convocatorias de ayudas y subvenciones, tanto nacionales como autonómicas.
¿QUÉ FASES DE LA IMPLANTACIÓN SUBVENCIONA ESTA CONVOCATORIA?
- a) La elaboración de un diagnóstico de situación en la entidad.
- b) La elaboración de un plan de igualdad
- c) La primera fase de implantación
PERIODO DE IMPLANTACIÓN
El plazo para la realización de las actividades subvencionadas será el comprendido entre la fecha de la resolución de concesión y el 31 de agosto de 2019.
COSTES SUBVENCIONABLES
Gastos derivados de las tres fases subvencionables, que podrán ser realizadas por personal propio de la empresa o por una empresa externa especializada. En este caso, la subcontratación no podrá ser más del más del 50% del total del coste del proyecto
CUANTÍA MÁXIMA Y COBRO DE LA SUBVENCIÓN
Nº trabajadores | Importe máximo |
Hasta 100 | 6.000 euros |
Hasta 175 | 7.500 euros |
Hasta 250 | 9.000 euros |
En el caso de resultar aprobada, en el momento de la notificación de la resolución se realizará un primer pago del 65% del total de la subvención concedida. El 35% restante se abonará tras la justificación documental de la implantación (del 01 al 15 de septiembre de 2019)
Las solicitudes se podrán presentar hasta el 23 DE MAYO DE 2018